Juárez, B. Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: Que atendiendo a las diversas consultas que para el más exacto cumplimiento de la ley de 27 de diciembre último, ha dirigido a este gobierno la junta calificadora de la capìtal, y deseando expeditar los medios de llevarla al cabo, con el menor gravámen de todos los ciudadanos que por ignorancia o equivocación hayan dejado de clasificarse; y estando obligado a procurar por cuantos modos sea posible la pronta y efectiva recaudación del impuesto a que se refiere la ley citada, como que es tan importante por su objeto en las presentes circunstancias, he tenido a bien, usando de las faculades extraordinarias con que me hallo investido, hacer las aclaraciones y modificaciones siguientes. Primera. Se observará por punto general la resolución dada por este gobierno 7 del corriente, reducida a que los individuos que pasen sesenta años paguen su respectiva cuota, con tal que tengan algun capital, giro o industria de los que señala la misma referida ley... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 25 de enero de 1848.
Cita Chicago Style (17a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que Atendiendo a Las Diversas Consultas Que Para El Más Exacto Cumplimiento De La Ley De 27 De Diciembre último, Ha Dirigido a Este Gobierno La Junta Calificadora De La Capìtal, Y Deseando Expeditar Los Medios De Llevarla Al Cabo, Con El Menor Gravámen De Todos Los Ciudadanos Que Por Ignorancia O Equivocación Hayan Dejado De Clasificarse; Y Estando Obligado a Procurar Por Cuantos Modos Sea Posible La Pronta Y Efectiva Recaudación Del Impuesto a Que Se Refiere La Ley Citada, Como Que Es Tan Importante Por Su Objeto En Las Presentes Circunstancias, He Tenido a Bien, Usando De Las Faculades Extraordinarias Con Que Me Hallo Investido, Hacer Las Aclaraciones Y Modificaciones Siguientes. Primera. Se Observará Por Punto General La Resolución Dada Por Este Gobierno 7 Del Corriente, Reducida a Que Los Individuos Que Pasen Sesenta Años Paguen Su Respectiva Cuota, Con Tal Que Tengan Algun Capital, Giro O Industria De Los Que Señala La Misma Referida Ley... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Gobierno De Oaxaca a 25 De Enero De 1848. Oaxaca : 1848.
Cita MLA (8a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que Atendiendo a Las Diversas Consultas Que Para El Más Exacto Cumplimiento De La Ley De 27 De Diciembre último, Ha Dirigido a Este Gobierno La Junta Calificadora De La Capìtal, Y Deseando Expeditar Los Medios De Llevarla Al Cabo, Con El Menor Gravámen De Todos Los Ciudadanos Que Por Ignorancia O Equivocación Hayan Dejado De Clasificarse; Y Estando Obligado a Procurar Por Cuantos Modos Sea Posible La Pronta Y Efectiva Recaudación Del Impuesto a Que Se Refiere La Ley Citada, Como Que Es Tan Importante Por Su Objeto En Las Presentes Circunstancias, He Tenido a Bien, Usando De Las Faculades Extraordinarias Con Que Me Hallo Investido, Hacer Las Aclaraciones Y Modificaciones Siguientes. Primera. Se Observará Por Punto General La Resolución Dada Por Este Gobierno 7 Del Corriente, Reducida a Que Los Individuos Que Pasen Sesenta Años Paguen Su Respectiva Cuota, Con Tal Que Tengan Algun Capital, Giro O Industria De Los Que Señala La Misma Referida Ley... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Gobierno De Oaxaca a 25 De Enero De 1848.