Cita APA (7a ed.)

Juárez, B. Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: Que el Soberano Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 3. El congreso noveno constitucional del Estado libre de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Para la promulgación de las leyes se usará de la fórmula siguiente. "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. [Aquí el testo [sic] Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento." Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se publique, imprima, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca, a 11 de julio de 1850... Por tanto, mando se publique, imprima, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 13 de 1850.

Cita Chicago Style (17a ed.)

Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Decreto N. 3. El Congreso Noveno Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Art. 1° Para La Promulgación De Las Leyes Se Usará De La Fórmula Siguiente. "El Gobernador Del Estado De Oaxaca, a Sus Habitantes, Sabed: Que El Congreso Del Mismo Ha Decretado Lo Siguiente. [Aquí El Testo [sic] Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento." Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado, Y Dispondrá Se Publique, Imprima, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca, a 11 De Julio De 1850... Por Tanto, Mando Se Publique, Imprima, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Julio 13 De 1850. Oaxaca : 1850.

Cita MLA (8a ed.)

Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Decreto N. 3. El Congreso Noveno Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Art. 1° Para La Promulgación De Las Leyes Se Usará De La Fórmula Siguiente. "El Gobernador Del Estado De Oaxaca, a Sus Habitantes, Sabed: Que El Congreso Del Mismo Ha Decretado Lo Siguiente. [Aquí El Testo [sic] Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento." Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado, Y Dispondrá Se Publique, Imprima, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca, a 11 De Julio De 1850... Por Tanto, Mando Se Publique, Imprima, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Julio 13 De 1850.

Precaución: Estas citas no son 100% exactas.