Describir: Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 13.- El congreso noveno constitucional del Estado libre de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se aprueba la providencia del gobierno en que determinó que D. Juan Figueroa pasase a la administración de alcabalas a prestar sus servicios en clase de agregado... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca, agosto 3 de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, agosto 5 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 5 de 1850