Juárez, B. Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 20. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo sigue. Artículo único. No están comprendidos entre los empleados de que habla el art. 4° del decreto de 23 de julio último los sargentos y cabos de la guardia nacional del Estado. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 19 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, 20 de agosto de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 20 de 1850.
Cita Chicago Style (17a ed.)Juárez, Benito. Secretaría Del Gobierno Del Estado De Oaxaca. El Escmo. Sr. Gobernador Del Estado Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue: "El Gobernador Del Estado De Oaxaca, a Sus Habitantes, Sabed: Que El Congreso Del Mismo Ha Decretado Lo Siguiente. Decreto Núm 20. El Congreso Noveno Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca Ha Tenido a Bien Decretar Lo Sigue. Artículo único. No Están Comprendidos Entre Los Empleados De Que Habla El Art. 4° Del Decreto De 23 De Julio último Los Sargentos Y Cabos De La Guardia Nacional Del Estado. Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 19 De Agosto De 1850... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, 20 De Agosto De 1850... Dios Y Libertad. Oaxaca, Agosto 20 De 1850. Oaxaca : 1850.
Cita MLA (8a ed.)Juárez, Benito. Secretaría Del Gobierno Del Estado De Oaxaca. El Escmo. Sr. Gobernador Del Estado Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue: "El Gobernador Del Estado De Oaxaca, a Sus Habitantes, Sabed: Que El Congreso Del Mismo Ha Decretado Lo Siguiente. Decreto Núm 20. El Congreso Noveno Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca Ha Tenido a Bien Decretar Lo Sigue. Artículo único. No Están Comprendidos Entre Los Empleados De Que Habla El Art. 4° Del Decreto De 23 De Julio último Los Sargentos Y Cabos De La Guardia Nacional Del Estado. Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 19 De Agosto De 1850... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, 20 De Agosto De 1850... Dios Y Libertad. Oaxaca, Agosto 20 De 1850.