Cita APA (7a ed.)

Juárez, B. Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 32. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se habilita de edad a D. Francisco Loaeza para que pueda administrar sus bienes sin la intervención de curador, perdiendo por esta gracia el privilegio concedido a los menores en aquel caso. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 11 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, a 12 de septiembre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 12 de 1850.

Cita Chicago Style (17a ed.)

Juárez, Benito. Secretaría Del Gobierno Del Estado De Oaxaca. El Escmo. Sr. Gobernador Del Estado Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue: "El Gobernador Del Estado De Oaxaca, a Sus Habitantes, Sabed: Que El Congreso Del Mismo Ha Decretado Lo Siguiente. Decreto Núm 32. El Congreso Noveno Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Artículo único. Se Habilita De Edad a D. Francisco Loaeza Para Que Pueda Administrar Sus Bienes Sin La Intervención De Curador, Perdiendo Por Esta Gracia El Privilegio Concedido a Los Menores En Aquel Caso. Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 11 De Septiembre De 1850... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, a 12 De Septiembre De 1850... Dios Y Libertad. Oaxaca, Septiembre 12 De 1850. Oaxaca : 1850.

Cita MLA (8a ed.)

Juárez, Benito. Secretaría Del Gobierno Del Estado De Oaxaca. El Escmo. Sr. Gobernador Del Estado Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue: "El Gobernador Del Estado De Oaxaca, a Sus Habitantes, Sabed: Que El Congreso Del Mismo Ha Decretado Lo Siguiente. Decreto Núm 32. El Congreso Noveno Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Artículo único. Se Habilita De Edad a D. Francisco Loaeza Para Que Pueda Administrar Sus Bienes Sin La Intervención De Curador, Perdiendo Por Esta Gracia El Privilegio Concedido a Los Menores En Aquel Caso. Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 11 De Septiembre De 1850... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, a 12 De Septiembre De 1850... Dios Y Libertad. Oaxaca, Septiembre 12 De 1850.

Precaución: Estas citas no son 100% exactas.