Juárez, B. Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 33. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Si por la actual epidemia del cólera, u otras circunstancias de los pueblos, no pudiere el gobierno ejecutar el decreto núm. 18 sobre escuelas normales, formará un expediente instructivo sobre las dificultades que pulsare, y con él dará cuenta al congreso en sus sesiones ordinarias de 1851, indicando las reformas que juzgue convenientes. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 13 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 14 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 14 de 1850.
Cita Chicago Style (17a ed.)Juárez, Benito. Secretaría Del Gobierno Del Estado De Oaxaca. El Escmo. Sr. Gobernador Del Estado Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue: "El Gobernador Del Estado De Oaxaca, a Sus Habitantes, Sabed: Que El Congreso Del Mismo Ha Decretado Lo Siguiente. Decreto Núm 33. El Congreso Noveno Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Artículo único. Si Por La Actual Epidemia Del Cólera, U Otras Circunstancias De Los Pueblos, No Pudiere El Gobierno Ejecutar El Decreto Núm. 18 Sobre Escuelas Normales, Formará Un Expediente Instructivo Sobre Las Dificultades Que Pulsare, Y Con él Dará Cuenta Al Congreso En Sus Sesiones Ordinarias De 1851, Indicando Las Reformas Que Juzgue Convenientes. Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado, Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 13 De Septiembre De 1850... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Septiembre 14 De 1850... Dios Y Libertad. Oaxaca, Septiembre 14 De 1850. Oaxaca : 1850.
Cita MLA (8a ed.)Juárez, Benito. Secretaría Del Gobierno Del Estado De Oaxaca. El Escmo. Sr. Gobernador Del Estado Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue: "El Gobernador Del Estado De Oaxaca, a Sus Habitantes, Sabed: Que El Congreso Del Mismo Ha Decretado Lo Siguiente. Decreto Núm 33. El Congreso Noveno Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Artículo único. Si Por La Actual Epidemia Del Cólera, U Otras Circunstancias De Los Pueblos, No Pudiere El Gobierno Ejecutar El Decreto Núm. 18 Sobre Escuelas Normales, Formará Un Expediente Instructivo Sobre Las Dificultades Que Pulsare, Y Con él Dará Cuenta Al Congreso En Sus Sesiones Ordinarias De 1851, Indicando Las Reformas Que Juzgue Convenientes. Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado, Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 13 De Septiembre De 1850... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Septiembre 14 De 1850... Dios Y Libertad. Oaxaca, Septiembre 14 De 1850.