Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que para el mejor cumplimiento del decreto número 56 expedido por la honorable legislatura del Estado en 3 del corriente, he tenido a bien acordar el reglamento siguiente. 1° Lo gobernadores de departamento, luego que reciban este reglamento, procederán por sí en las cabeceras de su departamento, y en las de partido por medio de los subprefectos, a nombrar comisionados de su confianza que formen padrones exactos de las fincas rústicas y urbanas de que trata el citado decreto y sus correaltivos... Y para que llegue a notcia de todos y produzca los efectos consiguientes, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, octubre 7 de 1850... Y lo comunico a V. para su inteligencia y fines consiguientes. Dios y libertad. Oaxaca, octubre 7 de 1850
Autor principal: | Juárez, Benito, 1806-1872 |
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Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : 1850.
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Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
Descripción Física: | [1] h. ; 20 cm. |
Tema general: | Derecho civil |
Notas: | Texto a renglón seguido |
Ejemplares similares
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Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 57. El congreso noveno constitucional del Estado libre de Oaxaca cierra sus pirmeras sesiones ordinarias hoy día 2 de octubre de 1850. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 2 de octubre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca a 3 de octubre de1850... Dios y libertad. Oaxaca, octubre 3 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 18.- El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Se establecen escuelas normales en todas las cabeceras de los departamentos y partidos del Estado... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 16 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 19 de agosto de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 19 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 25. El noveno congreso del Estado de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el decreto que sigue. Artículo único. La legislatura del Estado proroga sus sesiones ordinarias por el término de un mes. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 29 de agosto de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 30 de agosto de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, agosto 30 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado, lo siguiente. Decreto núm 5.- El congreso noveno constitucional del Estado libre de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se aprueban los gastos que el gobierno del Estado mandó hacer para auxiliar a los vecinos de Nudó, del departamento de Teposcolula, en la epidemia de fiebres que atacó al pueblo... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 15 de julio de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 16 de 1850. Dios y libertad. Oaxaca, julio 16 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 54. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Los gobernadores de departamento y subprefectos que sean letrados, no podrán ejercer directa ni indirectamente su profesión en la demarcación de su mando; y no siéndolo, tampoco podrán ser apoderados en los mismos términos... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 2 de octubre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 3 de octubre de1850... Dios y libertad. Oaxaca, octubre 3 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872