Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 24 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se legalizan los pagos que verificarse o que hubiere verificado la tesorería del Estado, de los sueldos que vencieron los funcionarios y empleados de la administración de hecho hasta la fecha en que de hecho o por orden de autoridad legítima fueron separados de los destinos. Palacio del gobierno de Oaxaca, agosto 30 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario

Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 24 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se legalizan los pagos que verificarse o que hubiere verificado la tesorería del Estado, de los sueldos que vencieron los funcionarios y empleados de la administración de hecho hasta la fecha en que de hecho o por orden de autoridad legítima fueron separados de los destinos. Palacio del gobierno de Oaxaca, agosto 30 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Juárez, Benito, 1806-1872
Otros Autores: Ruíz, Manuel
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Oaxaca : s.n., 1849.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección histórica
Descripción Física:1 h. ; 20.5 cm.
Tema general:Economía
Notas:Texto a renglón seguido
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