Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 24 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se legalizan los pagos que verificarse o que hubiere verificado la tesorería del Estado, de los sueldos que vencieron los funcionarios y empleados de la administración de hecho hasta la fecha en que de hecho o por orden de autoridad legítima fueron separados de los destinos. Palacio del gobierno de Oaxaca, agosto 30 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario
Autor principal: | Juárez, Benito, 1806-1872 |
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Otros Autores: | Ruíz, Manuel |
Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : s.n., 1849.
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Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección histórica |
Descripción Física: | 1 h. ; 20.5 cm. |
Tema general: | Economía |
Notas: | Texto a renglón seguido |
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Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 3 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se aprueban los gastos hechos por el gobierno del Estado para auxiliar a los vecinos del pueblo de Quiatoni en la epidemia de escarlatina que sufrieron. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 11 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario.
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 25 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se prorogan las actuales sesiones por el término de un mes. Palacio del gobierno de Oaxaca, agosto 31 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 21 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se habilita al C. Juan Gutiérrez Racilla para administrar sus bienes. Palacio del gobierno de Oaxaca, agosto 25 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 11 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se nombra contador mayor de glosa y liquidación al C. Luis Varela. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 26 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario.
por: Juárez, Benito, 1806-1872