Describir: Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 28 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° El ayuntamiento de Tehuantepec se encargará del cobro del impuesto de capacitación de aquella villa, durante la falta de recaudador, abonándose un doce y medio por ciento de honorario sobre las cantidades que colectare. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 5 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario