Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 31 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se autoriza al gobierno para que con presencia de las circunstancias de los pueblos, designe a cada uno el número de hombres que debe dar para cubrir el contingente señalado al Estado por la ley de 4 de noviembre de 1848. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 14 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario
Autor principal: | Juárez, Benito, 1806-1872 |
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Otros Autores: | Ruíz, Manuel |
Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : s.n., 1849.
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Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección histórica |
Descripción Física: | 7 p. ; 20.5 cm. |
Tema general: | Política |
Notas: | Texto a renglón seguido con paginación en números arábigos. Sello en tinta de la Biblioteca Pública del Estado de Oaxaca, Oax. |
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por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 21 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se habilita al C. Juan Gutiérrez Racilla para administrar sus bienes. Palacio del gobierno de Oaxaca, agosto 25 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
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por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 20 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se establecerá en el puerto de Huatulco una población, que se denominará "Villa de Crespo." Palacio del gobierno de Oaxaca, agosto 17 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario
por: Juárez, Benito, 1806-1872 - Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 4 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se admite la renuncia que el C. Lic. Tiburcio Cañas ha hecho del empleo de fiscal de la corte de justicia. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 14 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario