Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 35 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Habrá juzgados de primera instancia en todas las cabeceras de los partidos judiciales, que existían en el año de 1835, conforme a la división que estableció la ley de 6 de mayo de 1826 expedida por el congreso del Estado. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 15 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario

Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 35 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Habrá juzgados de primera instancia en todas las cabeceras de los partidos judiciales, que existían en el año de 1835, conforme a la división que estableció la ley de 6 de mayo de 1826 expedida por el congreso del Estado. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 15 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Juárez, Benito, 1806-1872
Otros Autores: Ruíz, Manuel
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Oaxaca : s.n., 1849.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección histórica
Descripción Física:1 h. ; 20.5 cm.
Tema general:Legislación
Notas:Texto a renglón seguido. Sello en tinta de la Biblioteca Pública del Estado de Oaxaca, Oax.

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