Juárez, B. Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: Que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 39 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se establecerá en la villa de Tehuantepec, un colegio de estudios preparatorios generales con las cátedras de que habla en la parte relativa el art. 4° del decreto de 14 de febrero de 1845, exceptuandose la 3° y la 6°. Los catedráticos serán dotados con arreglo al mismo decreto. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 19 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario.
Cita Chicago Style (17a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez, Gobernador Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Decreto N. 39 El Congreso Octavo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Art. 1° Se Establecerá En La Villa De Tehuantepec, Un Colegio De Estudios Preparatorios Generales Con Las Cátedras De Que Habla En La Parte Relativa El Art. 4° Del Decreto De 14 De Febrero De 1845, Exceptuandose La 3° Y La 6°. Los Catedráticos Serán Dotados Con Arreglo Al Mismo Decreto. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Septiembre 19 De 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, Secretario. Oaxaca : s.n., 1849.
Cita MLA (8a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez, Gobernador Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Decreto N. 39 El Congreso Octavo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Art. 1° Se Establecerá En La Villa De Tehuantepec, Un Colegio De Estudios Preparatorios Generales Con Las Cátedras De Que Habla En La Parte Relativa El Art. 4° Del Decreto De 14 De Febrero De 1845, Exceptuandose La 3° Y La 6°. Los Catedráticos Serán Dotados Con Arreglo Al Mismo Decreto. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Septiembre 19 De 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, Secretario.