Juárez, B., & Tatua, V. Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: Que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 55 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Se derogan los decretos de 18 de julio y 5 de septiembre de 1844 expedidos por la extinguida asamblea departamental. Palacio del gobierno de Oaxaca, octubre 4 de 1849. Benito Juárez. Por enfermedad del Sr. secretario, Vicente Tatua, oficial primero.
Cita Chicago Style (17a ed.)Juárez, Benito, y Vicente Tatua. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez, Gobernador Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Decreto N. 55 El Congreso Octavo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Art. 1° Se Derogan Los Decretos De 18 De Julio Y 5 De Septiembre De 1844 Expedidos Por La Extinguida Asamblea Departamental. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Octubre 4 De 1849. Benito Juárez. Por Enfermedad Del Sr. Secretario, Vicente Tatua, Oficial Primero. Oaxaca : s.n., 1849.
Cita MLA (8a ed.)Juárez, Benito, y Vicente Tatua. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez, Gobernador Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Decreto N. 55 El Congreso Octavo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Art. 1° Se Derogan Los Decretos De 18 De Julio Y 5 De Septiembre De 1844 Expedidos Por La Extinguida Asamblea Departamental. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Octubre 4 De 1849. Benito Juárez. Por Enfermedad Del Sr. Secretario, Vicente Tatua, Oficial Primero.