Decreto N° 41 emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado Libre de Oaxaca... artículo único El recaudador de capitacion de Teposcolula, ciudadano Francisco Haedo, solo está obligado á pagar, desde 1° de enero de 1846 hasta 31 de diciembre de 1848, la cuota mensual que resulte de la liquidación que se forme con total arreglo á las calificaciones hechas por las juntas en los padrones respectivos á aquella época. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 21 de 1849
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Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : s.n., 1849.
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Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección pliegos sueltos |
Descripción Física: | 1\h. ; (20 x 15 cm.) |
Tema general: | Economía |
Notas: | Texto a renglón seguido |