Cita APA (7a ed.)

Juárez, B., & Tatua, V. Decreto N° 55 emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado Libre de Oaxaca... Art. 1° Se derogan los decretos de 18 de julio y 5 de septiembre de 1844 espedidos por la estinguida asamblea departamental. 2° Se impone á la grana el derecho de un real en arroba, que se pagará por su estraccion fuera del Estado, al tiempo de espedirse los documentos aduanales. Palacio del gobierno de Oaxaca, octubre 4 de 1849.

Cita Chicago Style (17a ed.)

Juárez, Benito, y Vicente Tatua. Decreto N° 55 Emanado Por El C. Benito Juárez, Gobernador Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca... Art. 1° Se Derogan Los Decretos De 18 De Julio Y 5 De Septiembre De 1844 Espedidos Por La Estinguida Asamblea Departamental. 2° Se Impone á La Grana El Derecho De Un Real En Arroba, Que Se Pagará Por Su Estraccion Fuera Del Estado, Al Tiempo De Espedirse Los Documentos Aduanales. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Octubre 4 De 1849. Oaxaca : s.n., 1849.

Cita MLA (8a ed.)

Juárez, Benito, y Vicente Tatua. Decreto N° 55 Emanado Por El C. Benito Juárez, Gobernador Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca... Art. 1° Se Derogan Los Decretos De 18 De Julio Y 5 De Septiembre De 1844 Espedidos Por La Estinguida Asamblea Departamental. 2° Se Impone á La Grana El Derecho De Un Real En Arroba, Que Se Pagará Por Su Estraccion Fuera Del Estado, Al Tiempo De Espedirse Los Documentos Aduanales. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Octubre 4 De 1849.

Precaución: Estas citas no son 100% exactas.