Santaella, J. M., Maximiliano de Habsburgo, e. d. M., & Tatua, V. Decreto del Lic. Juan Maria Santaella, prefecto superior del Departamento, á sus habitantes hace saber: Que por el Ministerio de Gobernación se me ha dirigido la circular que sigue: Maximiliano, Emperador de México Oido nuestro Consejo de Ministros, decretamos lo siguiente: Ley electoral de ayuntamientos. Art. 1° El nombramiento de los ayuntamientos se hará por eleccion popular directa, y se renovarán por mitad cada año... Palacio de la prefectura superior. Oaxaca, diciembre 4 de 1865.
Cita Chicago Style (17a ed.)Santaella, Juan María, emperador de México Maximiliano de Habsburgo, y Vicente Tatua. Decreto Del Lic. Juan Maria Santaella, Prefecto Superior Del Departamento, á Sus Habitantes Hace Saber: Que Por El Ministerio De Gobernación Se Me Ha Dirigido La Circular Que Sigue: Maximiliano, Emperador De México Oido Nuestro Consejo De Ministros, Decretamos Lo Siguiente: Ley Electoral De Ayuntamientos. Art. 1° El Nombramiento De Los Ayuntamientos Se Hará Por Eleccion Popular Directa, Y Se Renovarán Por Mitad Cada Año... Palacio De La Prefectura Superior. Oaxaca, Diciembre 4 De 1865. Oaxaca : s.n., 1865.
Cita MLA (8a ed.)Santaella, Juan María, et al. Decreto Del Lic. Juan Maria Santaella, Prefecto Superior Del Departamento, á Sus Habitantes Hace Saber: Que Por El Ministerio De Gobernación Se Me Ha Dirigido La Circular Que Sigue: Maximiliano, Emperador De México Oido Nuestro Consejo De Ministros, Decretamos Lo Siguiente: Ley Electoral De Ayuntamientos. Art. 1° El Nombramiento De Los Ayuntamientos Se Hará Por Eleccion Popular Directa, Y Se Renovarán Por Mitad Cada Año... Palacio De La Prefectura Superior. Oaxaca, Diciembre 4 De 1865.