Decreto: El prefecto superior politico del Departamento, a los habitantes del mismo, sabed: Que habiéndose perdido en esta capital, durante el sitio, muchos objetos de municion y de propiedad particular, que particular, que deben volver á sus legítimos dueños, he tenido á bien decretar lo siguiente: Art. 1° Todos los que retengan en su poder armas ó prendas de municion, están obligados á presentarlas á la prefectura municipal dentro del perentorio término de ocho dias, contados desde la fecha... Oaxaca, febrero 17 de 1865
Otros Autores: | Franco, J. P., Tatua, Vicente |
---|---|
Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : s.n., 1865.
|
Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección pliegos sueltos |
Descripción Física: | 1 h. ; (31 x 20.5 cm.) |
Tema general: | Política |
Notas: | Texto a renglón seguido |
Ejemplares similares
-
Tratado de artillería, armas, pertrechos, municiones, metales, bombarderia, artificios de fuego y armamento de baxeles...
por: LABYRU Y AZAGRA, Sebastián de - Reglamento para la conservación cuidado y almacenaje de las armas portariles [sic] y de sus municiones. En los cuerpos del ejército
- Informe relativo a la administración de la provincia de Curazao, donde su Majestad ordena a los tenientes y justicias de la jurisdicción que otorgen municiones y alisten personas excluyendo a los casados, mozos viejos, mulatos y mestizos, para reclutarse en el fuerte de la ciudad
-
Volver a casa / Alejandro Aura
por: Aura, Alejandro, 1944-2008 - Correspondencia entre la legación de la República Mexicana en Washington, el Departamento de Estado de los Estados-Unidos de América y el gobierno de México, con relación a la exportación de armas y municiones de guerra de los Estados Unidos para puertos de naciones beligerantes