García, J. M., & Márquez, C. Decreto emanado por José María García, general de brigada, gobernador y comandante general del Estado de Oaxaca... Art. 1° Se derogan los decretos espedidos por la administracion anterior, que sujetan al fuero de guerra las causas de toda clase de hurtos y robos, debiendo estas en lo sucesivo corresponder á la jurisdiccion ordinaria. En consecuencia, todas las que se hallasen pendientes en la comandancia general, serán consignadas á sus jueces naturales... Palacio del gobierno de Oaxaca, noviembre 10 de 1855.
Cita Chicago Style (17a ed.)García, José María, y Cenobio Márquez. Decreto Emanado Por José María García, General De Brigada, Gobernador Y Comandante General Del Estado De Oaxaca... Art. 1° Se Derogan Los Decretos Espedidos Por La Administracion Anterior, Que Sujetan Al Fuero De Guerra Las Causas De Toda Clase De Hurtos Y Robos, Debiendo Estas En Lo Sucesivo Corresponder á La Jurisdiccion Ordinaria. En Consecuencia, Todas Las Que Se Hallasen Pendientes En La Comandancia General, Serán Consignadas á Sus Jueces Naturales... Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Noviembre 10 De 1855. Oaxaca : s.n., 1855.
Cita MLA (8a ed.)García, José María, y Cenobio Márquez. Decreto Emanado Por José María García, General De Brigada, Gobernador Y Comandante General Del Estado De Oaxaca... Art. 1° Se Derogan Los Decretos Espedidos Por La Administracion Anterior, Que Sujetan Al Fuero De Guerra Las Causas De Toda Clase De Hurtos Y Robos, Debiendo Estas En Lo Sucesivo Corresponder á La Jurisdiccion Ordinaria. En Consecuencia, Todas Las Que Se Hallasen Pendientes En La Comandancia General, Serán Consignadas á Sus Jueces Naturales... Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Noviembre 10 De 1855.