López Ortigosa, J., & Esperón, J. Decreto emanado por el C. Jose Lopez de Ortigosa, coronel retirado de ejército, comisario general jubilado y gobernador constitucional de este Departamento... Ministerio de hacienda. Sección 4° El Escmo. Sr. presidente de la república se ha servido dirigirme el decreto que sigue... contribucion personal Art 1° Se establecerá una contribucion personal, que pagarán todos los habitantes de la república, varones, desde diez y ocho años cumplidos, que tengan bienes, ó se hallen capaces de trabajar, la que se dividirá en cinco clases, de las cuales la primera no escederá de 2 ps., y la última de 1 rl, cada mes... Oaxaca, mayo 29 de 1841.
Cita Chicago Style (17a ed.)López Ortigosa, José, y José Esperón. Decreto Emanado Por El C. Jose Lopez De Ortigosa, Coronel Retirado De Ejército, Comisario General Jubilado Y Gobernador Constitucional De Este Departamento... Ministerio De Hacienda. Sección 4° El Escmo. Sr. Presidente De La República Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue... Contribucion Personal Art 1° Se Establecerá Una Contribucion Personal, Que Pagarán Todos Los Habitantes De La República, Varones, Desde Diez Y Ocho Años Cumplidos, Que Tengan Bienes, ó Se Hallen Capaces De Trabajar, La Que Se Dividirá En Cinco Clases, De Las Cuales La Primera No Escederá De 2 Ps., Y La última De 1 Rl, Cada Mes... Oaxaca, Mayo 29 De 1841. Oaxaca : s.n., 1841.
Cita MLA (8a ed.)López Ortigosa, José, y José Esperón. Decreto Emanado Por El C. Jose Lopez De Ortigosa, Coronel Retirado De Ejército, Comisario General Jubilado Y Gobernador Constitucional De Este Departamento... Ministerio De Hacienda. Sección 4° El Escmo. Sr. Presidente De La República Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue... Contribucion Personal Art 1° Se Establecerá Una Contribucion Personal, Que Pagarán Todos Los Habitantes De La República, Varones, Desde Diez Y Ocho Años Cumplidos, Que Tengan Bienes, ó Se Hallen Capaces De Trabajar, La Que Se Dividirá En Cinco Clases, De Las Cuales La Primera No Escederá De 2 Ps., Y La última De 1 Rl, Cada Mes... Oaxaca, Mayo 29 De 1841.