Decreto N. 29 emanado por el C. Benito Juarez, gobernador constitucional del Estado Libre de Oaxaca... Art. 1° Se aprueba el gasto erogado, por disposicion del gobierno, en el pago de portes de la correspondencia oficial de las autoridades del Estado que no la tienen franca por las leyes generales. En los sucesivo, continuará haciéndose este gasto por el tesoro público, siempre que en el certificado de oficio de las autoridades ó empleados respectivos... Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 10 de 1849
Autor principal: | Juárez, Benito, 1806-1872 |
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Otros Autores: | Ruíz, Manuel |
Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : s.n., 1849.
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Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección pliegos sueltos |
Descripción Física: | 1 h. ; (21 x 15 cm.) |
Tema general: | Administración |
Notas: | Texto a renglón seguido |
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Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 29 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Se aprueba el gasto erogado, por disposición del gobierno, en el pago de portes de la correspondencia oficial de las autoridades del Estado que no la tienen franca por las leyes generales. En lo sucesivo, continuará haciéndose este gasto por el tesoro público, simepre que en las cubiertas de la correspondencia conste el certificado de oficio de las autoridades o empleados respectivos. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 10 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario
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