Decreto N. 13 emanado por el C. Benito Juarez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca... Art. 1° Se aprueba el gasto decretado por el gobierno á solicitud del asesor segundo, ciudadano Juan Nepomuceno Cerqueda, para percibir el sueldo de fiscal propietario de la corte de justicia, cuyo empleo desempeña provisionalmente... Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 30 de 1849
Autor principal: | Juárez, Benito, 1806-1872 |
---|---|
Otros Autores: | Cerqueda, Juan Nepomuceno, Ruíz, Manuel |
Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : s.n., 1849.
|
Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección pliegos sueltos |
Descripción Física: | 1 h. ; (21 x 15 cm.) |
Tema general: | Administración |
Notas: | Texto a renglón seguido |
Ejemplares similares
-
Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 13 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se aprueba el gasto decretado por el gobierno a solicitud del asesor segundo, ciudadano Juan Nepomuceno Cerqueda, para percibir el sueldo de fiscal propietario, de la corte de justicia, cuyo empleo desempeña provisionalmente. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 30 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario.
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto N. 14 emanado por el C. Benito Juarez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca... Artículo único. Se aprueba el gasto hecho en pago de sueldos de la plaza de fiscal de la corte de justicia que desempeñó el juez de primera instancia Lic. D. José Maria Diaz, y fué decretado por el gobierno del Estado en 9 de junio del corriente año... Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 30 de 1849
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 29. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se aprueba la resolución que dió el gobierno a la solicitud del ciudadano José María Cházari, mandando que la tesorería le abonara el sueldo íntegro de fiscal propietario de la corte de justicia, cuyo empleo sirvió provisionalmente. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 6 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 7 de septiembre de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 7 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 14 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se aprueba el gasto hecho en pago de sueldos de la plaza de fiscal de la corte de justicia que desempeño el juez de primera instancia Lic. D. José María Díaz, y fue decretado por el gobierno del Estado en 9 de junio del corriente año. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 30 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario.
por: Juárez, Benito, 1806-1872 - Presupuesto de gastos del Estado de Oaxaca, decretado el 19 de marzo de 1868, por el cuarto congreso constitucional