Decreto emanado por Benito Juarez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca... Artículo único. Son fiscales de imprenta de esta capital los ciudadanos licenciados José Maria Leon y Juan Nepomuceno Ezeta. Los tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca á 14 de julio de 1849... Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 14 de 1849
Autor principal: | Juárez, Benito, 1806-1872 |
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Otros Autores: | León, José María, Ezeta, Juan Napomuceno, Ruíz, Manuel |
Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : s.n., 1849.
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Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección pliegos sueltos |
Descripción Física: | 1 h. ; (21 x 15 cm.) |
Tema general: | Derecho civil |
Notas: | Texto a renglón seguido |
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Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 5 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Son fiscales de imprenta de esta capital los ciudadanos licenciados José María León y Juan Nepomuceno Ezeta. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 14 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario
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