Bergosa y Jordán, A. Edicto emanado por Dr. D. Antonio Bergosa, y Jordan, por la gracia de Dios, y de la Santa Sede Apostolica, Obispo de Antequera de Oaxaca, caballero de la Real y disntiguida Orden Española de Carlos Tercero del Consejo de S. M. &c.... Hacemos saber, que con oficio de ruego, y encargo de 22 del corriente mes, nos há dirigido la Real Audiencia de Mexico su superior providencia de 11 del mismo, por la qual declarando, no deberse suspender la publicacion, y práctica del nuevo aranzel de curas foraneos de este nuestro Obispado de Oaxaca en los terminos, que lo formò, y aprobó la misma Real Audiencia, excluyendo nuevamente á las mugeres de la cotribucion de las fiestas sinodales dispone, que nos hagamos, que los curas se arreglen á él en lo succesibo... Dado en la casa de nuestra habitacion de este pueblo de Tacubaya á 30 de octubre de 1806.
Cita Chicago Style (17a ed.)Bergosa y Jordán, Antonio. Edicto Emanado Por Dr. D. Antonio Bergosa, Y Jordan, Por La Gracia De Dios, Y De La Santa Sede Apostolica, Obispo De Antequera De Oaxaca, Caballero De La Real Y Disntiguida Orden Española De Carlos Tercero Del Consejo De S. M. &c.... Hacemos Saber, Que Con Oficio De Ruego, Y Encargo De 22 Del Corriente Mes, Nos Há Dirigido La Real Audiencia De Mexico Su Superior Providencia De 11 Del Mismo, Por La Qual Declarando, No Deberse Suspender La Publicacion, Y Práctica Del Nuevo Aranzel De Curas Foraneos De Este Nuestro Obispado De Oaxaca En Los Terminos, Que Lo Formò, Y Aprobó La Misma Real Audiencia, Excluyendo Nuevamente á Las Mugeres De La Cotribucion De Las Fiestas Sinodales Dispone, Que Nos Hagamos, Que Los Curas Se Arreglen á él En Lo Succesibo... Dado En La Casa De Nuestra Habitacion De Este Pueblo De Tacubaya á 30 De Octubre De 1806. México : s.n., 1806.
Cita MLA (8a ed.)Bergosa y Jordán, Antonio. Edicto Emanado Por Dr. D. Antonio Bergosa, Y Jordan, Por La Gracia De Dios, Y De La Santa Sede Apostolica, Obispo De Antequera De Oaxaca, Caballero De La Real Y Disntiguida Orden Española De Carlos Tercero Del Consejo De S. M. &c.... Hacemos Saber, Que Con Oficio De Ruego, Y Encargo De 22 Del Corriente Mes, Nos Há Dirigido La Real Audiencia De Mexico Su Superior Providencia De 11 Del Mismo, Por La Qual Declarando, No Deberse Suspender La Publicacion, Y Práctica Del Nuevo Aranzel De Curas Foraneos De Este Nuestro Obispado De Oaxaca En Los Terminos, Que Lo Formò, Y Aprobó La Misma Real Audiencia, Excluyendo Nuevamente á Las Mugeres De La Cotribucion De Las Fiestas Sinodales Dispone, Que Nos Hagamos, Que Los Curas Se Arreglen á él En Lo Succesibo... Dado En La Casa De Nuestra Habitacion De Este Pueblo De Tacubaya á 30 De Octubre De 1806.