Decreto emanado por el C. José López Ortigosa coronel retirado, comisario general jubilado y gobernador propietario del Departamento de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que la honorable asamblea del mismo, se ha servido decretar lo siguiente. La asamblea departamental de Oaxaca, en uso de sus facultades, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° La prohibición que contiene el art. 1° del decreto de 28 de junio de 1844, queda reducida a la danza antigua de pluma en que se representaban algunas escenas que llamaban de la conqusita. Palacio del gobierno departamental de Oaxaca, julio 22 de 1846.- José López de Ortigosa.- Manuel Ruíz, secretario
por: López Ortigosa, José