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    El C. Francisco G. de Cosío, gobernador constitucional del estado libre soberano de Querétaro Arteaga, a todos los habitantes del mismo, sabed que: el Congreso del estado de Querétaro Arteaga, en uso de sus facultades, decreta: número 1 artículo único. Se adiciona el artículo 86 de la ley reglamentaria del registro público de la propiedad con la siguiente fracción... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y observe. Palacio de Gobierno, Querétaro, diciembre 4 de 1897 Francisco G. de Cosío Antonio E. Hernández, secretario
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    El C. Francisco G. de Cosío, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a todos sus habitantes, sabed que, el Congreso del estado de Querétaro Arteaga, en uso de sus facultades decreta: número 34 articulo 1° se deroga el artículo 658 del Código Penal publicado en 19 de junio de 1894. Artículo 2° Se reforma el artículo 895 del mismo Código... Artículo 3° Se deroga el artículo 897 del mismo Código Penal... Artículo 4° Se reforma el artículo 480 del Código Penal en los términos siguientes... Por tanto, mando, se imprima, publique y circule, Palacio de Gobierno, Querétaro, junio 20 de 1901 Francisco G. de Cosío <rúbrica> José Velázquez Marroquín <rúbrica>
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    El C. Francisco G. de Cosío, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a todos sus habitantes, sabed que: el Congreso del estado de Querétaro Arteaga, en uso de sus facultades decreta: número 27 artículo único, se aclaran las disposiciones contenidas en los artículos 71, 73, 74 y fracción I, inciso segundo del 99 del Código Penal, debiéndose entender de la manera que a continuación se expresa... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y observe. Palacio del Gobierno del estado. Querétaro, mayo 16 de 1905. Francisco G. de Cosío <rúbrica> José Velázquez Marroquín secretario
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    El C. Francisco G. de Cosío, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a todos sus habitantes, sabed que: en uso de la autorización que me concede el artículo 5° de la ley número 31 expedida por el H. Congreso del estado y publicada el día 8 de mayo de 1893, he tenido a bien expedir la siguiente tarifa para el cobro de derechos por las inhumaciones que se hagan en los panteones de la capital del estado... Por tanto mando se imprima, publique, circule y observe. Palacio del Gobierno del estado de Querétaro, noviembre 24 de 1903 Francisco G. de Cosío <rúbrica>, José Vázquez Marroquín, secretario <rúbrica>
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    El C. Francisco G. de Cosio, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a todos sus habitantes, sabed que: el Congreso del estado de Querétaro Arteaga, en uso de sus facultades decreta: número 9 artículo único: se reforman los artículos 6°, 10° en su fracción V, 16, 26, 38, 51, 149, 222, 227, 231, 234, 239 y 244 de la ley número 51, orgánica de los Tribunales del fuero común, de junio 23 de 1897, del modo siguiente... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del Gobierno, Querétaro, noviembre 19 de 1898 Francisco G. de Cosío, Antonio E. Hernández, secretario
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    El C. Francisco G. de Cosio, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a todos sus habitantes, sabed que: el Congreso del estado de Querétaro Arteaga, en uso de sus facultades decreta: número 13: artículo 1° se deroga la fracción X del artículo 92 de la ley número 5°, orgánica de los Tribunales del fuero común del estado, de junio 23 de 1897, artículo 2° se reforman los artículos 82 y 209 de la misma ley en los siguientes términos...  Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del Gobierno, Querétaro, diciembre 8 de 1898 Francisco G. de Cosío, Antonio E. Hernández, secretario
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    El C. Francisco G. de Cosio, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a los habitantes del mismo, sabed que: el Congreso del estado de Querétaro Arteaga, en uso de sus facultades decreta: número 19: artículo 1°... artículo 2°...  Por tanto, mando se imprima, publique, circule y observe. Palacio del Gobierno, Querétaro, junio 14 de 1899 Francisco G. de Cosío, Antonio E. Hernández, secretario
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    El C. Francisco G. de Cosío, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a todos sus habitantes sabed, que: el Congreso del estado de Querétaro Arteaga, en uso de sus facultades decreta: número 35... Por tanto, mando se imprima, publique y circule. Palacio de Gobierno, Querétaro, junio 20 de 1901 Francisco G. de Cosío, José Vázquez Marroquín, secretario
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