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    D. Manuel Antonio Flores Maldonado Martinez de Angulo y Bodquin, cavallero de la orden de Calatrava, comendador de Molinos y [...] en la misma, teniente grâl. de la Real Armada, virrey, governador y capitan grâl. de Nueva España, presidente de su Real Audiencia, y subdelegado general de correos en el mismo reyno. Por quanto S. M. (que Dios gde) se ha dignado expedir la Real Cedula del tenor siguiente: El Rey. Para evitar los graves perjuicios, que producia la facultad arbitraria, con que en los juzgados, y cuerpos militares se graduaban los delcitos de los reos refugiados a sagrado... Dada en el Pardo a quinze de marzo de mil setecientos, ochenta y siete. Yo el Rey. Por mandado del Rey Nuestro Señor- Antonio Ventura de Taranco- señalada con tres rubricas. En su debido cumplimiento y en consequencia de lo que he resuelto por decreto de 4 del corriente, conforme a lo pedido por los señores fiscales Don Ramon de Posada, y D. Lorenzo Hernandez de Alva, mando que para que tenga efecto lo que S. M. previene en la preinserta Real Cedula, y lleguen a noticia de todos unas declaraciones tan utiles y sabias sè publique por bando en esta capital, y demas ciudades, villas y lugares del distrito de este virreynato, remitiendose al mismo fin los correspondientes exemplares a todos los justicias por conducto de los respectivos yntendentes dirigiendose tambien los necessarios a los ilustrissimos señores arzobispos, y obispos, á los venerables cabildos eccos., á la Real Audiencia, y sala del crimen, al señor auditor de guerra, al assesor general, y los ayuntamientos de este reyno, para su inteligencia y cumplimiento en lo que les corresponda. Dado en Mexico a 6 de septiembre de 1787. Manuel Antonio Flores. Por mando. de S. Excma. Juan José Martinez de Soria
    D. Manuel Antonio Flores Maldonado Martinez de Angulo y Bodquin, cavallero de la orden de Calatrava, comendador de Molinos y [...] en la misma, teniente grâl. de la Real Armada, virrey, governador y capitan grâl. de Nueva España, presidente de su Real Audiencia, y subdelegado general de correos en el mismo reyno. Por quanto S. M. (que Dios gde) se ha dignado expedir la Real Cedula del tenor siguiente: El Rey. Para evitar los graves perjuicios, que producia la facultad arbitraria, con que en los juzgados, y cuerpos militares se graduaban los delcitos de los reos refugiados a sagrado... Dada en el Pardo a quinze de marzo de mil setecientos, ochenta y siete. Yo el Rey. Por mandado del Rey Nuestro Señor- Antonio Ventura de Taranco- señalada con tres rubricas. En su debido cumplimiento y en consequencia de lo que he resuelto por decreto de 4 del corriente, conforme a lo pedido por los señores fiscales Don Ramon de Posada, y D. Lorenzo Hernandez de Alva, mando que para que tenga efecto lo que S. M. previene en la preinserta Real Cedula, y lleguen a noticia de todos unas declaraciones tan utiles y sabias sè publique por bando en esta capital, y demas ciudades, villas y lugares del distrito de este virreynato, remitiendose al mismo fin los correspondientes exemplares a todos los justicias por conducto de los respectivos yntendentes dirigiendose tambien los necessarios a los ilustrissimos señores arzobispos, y obispos, á los venerables cabildos eccos., á la Real Audiencia, y sala del crimen, al señor auditor de guerra, al assesor...
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    Fundase el voto del muy illustre, y venerable Dean, y Cavildo de la Santa Iglesia de la Puebla de los Angeles de tres del mes de febrero de este año de mil seiscientos, y setenta. En que resolviò que las velas, que ofrecen los padres prior de Santo Domingo, y rector del Collegio de San Ildephonso de la Compañia de Jesus, à el Dean y Cavildo en reconocimiento de las memorias, y patronatos fundados en dichos conventos, estando presente el prelado en las fiestas, y funciones, que mandaron hazer los fundadores, los dichos reverendos padres prelados de dichos conventos, y cada uno de ellos la ponga inmediatamente en manos del obispo como presidente, y cabeça de cavildo, que como tal le representa, y se able con el; cuya resolucion fue justa, y aderecho conforme in foro fori & in foro polli.
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    Por el venerable Dean y Cavildo de la Santa Iglesia de Mechoacan, como patron de los dos hospitales, intitulados de Santa Fee, el uno en distancia de dos leguas de Mexico, y el otro en el Obispado de Mechoacan cerca de que se declare, no dever pagar el Real Tributo de los naturales de ellos, en virtud de privilegio, que por su parte se alega, y por el qual nunca le han pagado, y cerca de que habiendoseles perdido, no lo deven presentar especifico, sino probarlo juntamente con las causas, que precedieron à su concession. Dado en Mexico, y febrero 4 de 1688 años.
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    Discurso y alegacion juridica por el venerable Dean, y cabildo de la Santa Iglesia Cathedral Metropolitana de la ciudad de México, en la Nueva España. En el pleyto con la sagrada religion de la Compañia de Jesus. Sobre la liquidacion, y justificacion de los diezmos de frutos, ganados, heredades, y predios propios de las cajas, y colegios de dicha religion , sitos dentro de los limites, y terminos de aquel arzobispado ; y sobre las diligencias, que à este fin practicaron los jueces hacedores de diezmos, y sus colectores, y ministros, Madrid, y octubre 26 de 1735
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    Nos el presidente y cabildo sede vacante de la santa Iglesia Metropolitana de Mexico, á todos los fieles de esta arzobispado salud en nuestro Señor Jesuchristo. Despues de un año, que por disposicion del altísimo nos hallamos encargados del gobierno de la Metrópoli de la Iglesia Mexicana, y en que la vigilancia y esmero pastorales, con que hemos procurado alimentar, cuidar y mantener el numeroso rebaño de esta vastísima diocesis, tenian fatigado nuestro espíritu, y cansadas nuestras débiles fuerzas, el Dios de toda consolacion nos acaba de embiar muy abundante, recreando y refocilando [sic] maravillosamente nuestro ánimo por la augusta mano de su fiel siervo, nuestro católico monarca el Señor Don Carlos IV insigne protector de la Iglesia romana, nuestra comun madre y maestra, y singularísimo patrono de las de esta Ámerica. La real orden de 9 de enero de este año que vamos á publicar, comunicada á su Consejo de Indias, y de este Tribunal Supremo a nos, para que exhortemos inmediatamente a nuestros súbditos á su mas puntual y exâcto cumplimiento... Dada en la Sala Capitular de la Santa Iglesia Metropolitana de México á 21 de julio de 1801. Dr. Juan Francisco Campos <rúbrica> Lic. y Mtro. Juan Antonio Bruno <rúbrica>. Lic. Joseph Cayetano Foncerrada <rúbrica>. Francisco Ignacio Rodriguez Gomez Pedroso <rúbrica>. Por mandado del Illmô. y Venerable Sôr. Presidente y Cabildo Sede Vacante. Dr Joseph Mariano Beristain canónigo secretario <rúbrica>
    Nos el presidente y cabildo sede vacante de la santa Iglesia Metropolitana de Mexico, á todos los fieles de esta arzobispado salud en nuestro Señor Jesuchristo. Despues de un año, que por disposicion del altísimo nos hallamos encargados del gobierno de la Metrópoli de la Iglesia Mexicana, y en que la vigilancia y esmero pastorales, con que hemos procurado alimentar, cuidar y mantener el numeroso rebaño de esta vastísima diocesis, tenian fatigado nuestro espíritu, y cansadas nuestras débiles fuerzas, el Dios de toda consolacion nos acaba de embiar muy abundante, recreando y refocilando [sic] maravillosamente nuestro ánimo por la augusta mano de su fiel siervo, nuestro católico monarca el Señor Don Carlos IV insigne protector de la Iglesia romana, nuestra comun madre y maestra, y singularísimo patrono de las de esta Ámerica. La real orden de 9 de enero de este año que vamos á publicar, comunicada á su Consejo de Indias, y de este Tribunal Supremo a nos, para que exhortemos inmediatamente a nuestros súbditos á su mas puntual y exâcto cumplimiento... Dada en la Sala Capitular de la Santa Iglesia Metropolitana de México á 21 de julio de 1801. Dr. Juan Francisco Campos <rúbrica> Lic. y Mtro. Juan Antonio Bruno <rúbrica>. Lic. Joseph Cayetano Foncerrada <rúbrica>. Francisco Ignacio Rodriguez Gomez Pedroso <rúbrica>. Por mandado del Illmô. y Venerable Sôr. Presidente y Cabildo Sede Vacante. Dr Joseph Mariano Beristain...
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