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    Nos el presidente y cabildo sede vacante de la santa Iglesia Metropolitana de Mexico, á todos los fieles de esta arzobispado salud en nuestro Señor Jesuchristo. Despues de un año, que por disposicion del altísimo nos hallamos encargados del gobierno de la Metrópoli de la Iglesia Mexicana, y en que la vigilancia y esmero pastorales, con que hemos procurado alimentar, cuidar y mantener el numeroso rebaño de esta vastísima diocesis, tenian fatigado nuestro espíritu, y cansadas nuestras débiles fuerzas, el Dios de toda consolacion nos acaba de embiar muy abundante, recreando y refocilando [sic] maravillosamente nuestro ánimo por la augusta mano de su fiel siervo, nuestro católico monarca el Señor Don Carlos IV insigne protector de la Iglesia romana, nuestra comun madre y maestra, y singularísimo patrono de las de esta Ámerica. La real orden de 9 de enero de este año que vamos á publicar, comunicada á su Consejo de Indias, y de este Tribunal Supremo a nos, para que exhortemos inmediatamente a nuestros súbditos á su mas puntual y exâcto cumplimiento... Dada en la Sala Capitular de la Santa Iglesia Metropolitana de México á 21 de julio de 1801. Dr. Juan Francisco Campos <rúbrica> Lic. y Mtro. Juan Antonio Bruno <rúbrica>. Lic. Joseph Cayetano Foncerrada <rúbrica>. Francisco Ignacio Rodriguez Gomez Pedroso <rúbrica>. Por mandado del Illmô. y Venerable Sôr. Presidente y Cabildo Sede Vacante. Dr Joseph Mariano Beristain canónigo secretario <rúbrica>
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    El cabildo sede-vacante de Michoacan, para manifestar que no fue arbitraria la declaracion que hizo contra el Dr. D. Martin Gil y Garces privandole de la dignidad de dean de aquella santa iglesia, presenta al público con mas estension, los hechos é irrefragables constancias que justifican sus procedimientos y descubren la escandalosa mala fe con que el mismo Dr. Gil se ha producido en su manifiesto, intentando sorprender a los sabios e imparciales y alucinar a los ignorantes
    Tabla de Contenidos: “…El cabildo sede-vacante de Michoacan, para manifestar que no fue arbitraria la declaracion que hizo…”
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    Disertación histórico-canónica sobre la potestad del cabildo en sede vacante o impedida del vicario capitular, presentada a la Facultad de Teología de la Universidad Católica de los EE. UU. de América para obtener conforme a los estatutos de la misa el doctorado en derecho canónico / por el Pbro. Cayo Castillo de la arquidiócesis de Yucatán, México, licenciado en derecho canónico. Washington 1918
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