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    El Lic. Francisco G. de Cosío, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a los habitantes del mismo, sabed que: el Congreso del estado de Querétaro Arteaga en uso de sus facultades decreta: núm. 14 artículo único. Se reforma el artículo 231 del Código Penal del estado, fecha 19 de junio de 1894... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le de el debido cumplimiento. Palacio del Gobierno, Querétaro, diciembre 14 de 1898 Francisco G. de Cosío <rúbrica> Antonio E. Hernández <rúbrica> secretario
    Materias: “…González de Cosío, Francisco…”
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    El C. Gral. Antonio Gayin, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a todos sus habitantes, sabed, que: el Congreso del estado de Querétaro Arteaga. Considerando: que para la mejor inteligencia de algunos artículos de la ley número 16, fecha 29 de diciembre del año anterior, se necesita modificarlos en términos que expliquen claramente su verdadero sentido y eviten toda ambigüedad, en uso de sus facultades decreta número 25 artículo único. Se reforman los artículos números, 12, 18 y 26 en sus fracciones III y IV y el 36 y 46 de la ley número 16 de diciembre del año de 1877 en los términos siguientes... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le de el debido cumplimiento. Palacio de Gobierno, Querétaro, abril 28 de 1878. Antonio Gayon <rúbrica> José M. Esquivel <rúbrica> secretario
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    El C. Francisco G. de Cosío, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a todos sus habitantes, sabed que, el Congreso del estado de Querétaro Arteaga, en uso de sus facultades decreta: número 34 articulo 1° se deroga el artículo 658 del Código Penal publicado en 19 de junio de 1894. Artículo 2° Se reforma el artículo 895 del mismo Código... Artículo 3° Se deroga el artículo 897 del mismo Código Penal... Artículo 4° Se reforma el artículo 480 del Código Penal en los términos siguientes... Por tanto, mando, se imprima, publique y circule, Palacio de Gobierno, Querétaro, junio 20 de 1901 Francisco G. de Cosío <rúbrica> José Velázquez Marroquín <rúbrica>
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    El C. Francisco G. de Cosío, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Querétaro Arteaga, a todos sus habitantes, sabed que: el Congreso del estado de Querétaro Arteaga, en uso de sus facultades decreta: número 27 artículo único, se aclaran las disposiciones contenidas en los artículos 71, 73, 74 y fracción I, inciso segundo del 99 del Código Penal, debiéndose entender de la manera que a continuación se expresa... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y observe. Palacio del Gobierno del estado. Querétaro, mayo 16 de 1905. Francisco G. de Cosío <rúbrica> José Velázquez Marroquín secretario
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