Mostrando 41 - 60 Resultados de 134 Para Buscar '"por la Gracia de Dios"', tiempo de consulta: 0.09s Filtros de búsqueda
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    [Nos el Dr.D. Francisco de Paula Verea por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica Obispo de Linares...]
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    [Nos el Dr.D. Diego Aranda, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica, Obispo de Guadalajara...]
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    Nos el Dr. D. Alonso Nuñez de Haro y Peralta, por la gracia de Dios, y de la santa sede apostólica arzobispo de México, del Consejo de S. M. &c. A todos nuestros amados jueces eclesiasticos, curas propios seculares y regulares, interinos, coadjutores, vicarios, y de pie fixo, tenientes de cura, clerigos de qualesquier órdenes, pretendientes á ellos, y á todas las demás personas de nuestro arzobispado, á quienes lo contenido en este edicto toque ó tocar pueda en alguna manera, salud paz y gracia en nuestro Señor Jesuchristo. Por quanto habiendose dignado nuestro augusto y piadoso monarca (que Dios prospere) aprobar por su Real Cédula de 28 de marzo de este presente año las constituciones que formamos para el mejor régimen y govierno del Real Colegio Seminario de instruccion, retiro voluntario, y correccion para el clero secular, que hemos erigido en el Pueblo de Tepotzotlán; y habiendo nos dispuesto (entre otras cosas) en la constituciones 26, 28, y 30, en conformidad á lo ordenado por S. M. y establecio por los sagrados cánones, que todos los clérigos ordenados de este arzobispado (excepto los que hagan constar ser actualmente colegiales del Mayor de Santos, Real de S. Ildefonso, Real y Pontificio Seminario, y excepto tambien los del Real de S. Juan de Letran, Real de S. Francisco Xavier de Querétaro, y Colegio de los Infantes de Nra. Sra. de la Asuncion y S. Jospeh) han de estar precisamente seis meses, á lo menos, continuos ó interpolados en este Seminario de Tepotzotlán, para que en él sean instruidos en las funciones propias del alto ministerio á que aspiran... Dado en nuestro Palcio Arzobispal de la Ciudad de México, firmado de Nos, sellado con el sello de nuestras armas, y refrendado del infrascrito nuestro Secretario de Cámara y Govierno, á diez ocho dias del mes de diciembre de mil setecientos setenta y siete años. Alonso Arzobispo de México.
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    Nos D. Francisco Antonio Lorenzana, por la gracia de Dios, y de la santa sede apostólica arzobispo de la santa Iglesia de Toledo, primada de las Españas, chanciller mayor de Castilla, del Consejo de S. M. &c. A nuestro Consejo de la Gobernacion, vicarios generales de Toledo, y Alcalá, y á los demas vicarios de partidos de este nuestro arzobispado: salud en nuestro Señor Jesu-Christo. Antes de emprender una obra, se forman las ideas, no dexando á el acaso su disposicion, sino arreglando el edificio en la mente, antes de que se coloquen las piedras, ó se abran los cimientos. Esto mismo debemos proponernos antes de extender algun decreto para el gobierno de esta metrópoli: prevenir materiales, tomar informes, y arreglar el plan segun las reglas mas acomodadas para la observancia de la disciplina eclesiástica, y mas fácil, y pronta administracion espiritual... En nuestro Palacio Arzobispal de Toledo á quince dias del mes de octubre de mil setecientos setenta y dos. Francisco, Arzobispo de Toledo
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    Nos Don Inocencio Maximo por la gracia de Dios y de la santa Sede apostolica, Obispo de Bertinoro, y de nuestro santissimo Padre Gregorio por la divina providencia Papa XV Nuncio, y Collector Apostolico en estos reynos de España, con facultad de Legado a latere, otro si, juez executor que somos del negocio y causa infraescrita, en virtud de un Breue y letras Apostolicas expedidas por su Santidad...
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    Nos los inquisidores apostolicos,  contra Ramon Arce, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostolica arzobispo de Burgos, del Consejo de S. M., caballero Gran Cruz de la Real Orden de Carlos III, é inquisidor general en todos los reynos y señoríos de S. M. C. &c. &c. A todos los fieles habitantes ò moradores de ellos, de qualquier estado, calidad, òrden, ò dignidad. Sobre unas letras en forma de Breve cuyo titulo es: condenacion de muchas proposiciones entresacadas de un libro impreso en idioma italiano con el nombre de Actas y decretos del Concilio Diocesano de Pistoya del año de 1786 etc. etc., hecha por nuestro Santisimo Padre y Señor el Señor Pio VI por la divina providencia Papa, prohibiendo al mismo tiempo el sobredicho libro, y otros qualesquiera que en su defensa acaso se hayan publicado yà, ó se publicaron en lo sucesivo, impreso en Roma el año de 1794 en la imprenta de la Reverenda Cámara Apostólica. Dado en la Inquisicion de Mexico á diez y siete de julio de mil ochocientos y uno
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