Mostrando 201 - 220 Resultados de 243 Para Buscar 'Carlos Mayolo~', tiempo de consulta: 2.69s Filtros de búsqueda
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    Información de Carlos García Durango, maestro mayor de arquitectura y albañilería, vecino de esta ciudad, acerca de las obras realizadas en el convento de la Santísima Trinidad.
    Libro
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    Carta del Rey Carlos IV a su hijo el principe de Asturias. Sobre la relación que mantuvó Carlos IV con los franceses. Dado en Bayona en el Palacio Imperial llamado el Gobierno, à 2 de maio de 1808
    Tabla de Contenidos: “… principe de Asturias y de los infantes D. Carlos y D. Antonio a la Junta. Burdeos 12 de mayo de 1808…”
    Libro
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    Historia general de España desde los tiempos primitivos hasta la muerte de Fernando VII / por Don Modesto Lafuente continuada dicha época hasta nuestros días por Don Juan Valera con la colaboración de D. Andrés Borrego y D. Antonio Pirala
    Tabla de Contenidos: “… VII Don Carlos en campaña. Libro VIII La nueva constitución. Libro IX Iniciase la descomposición del…”
    Libro
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    La evolución de la prensa en la Península de Yucatán (Yucatán y Campeche) a través de los últimos cien años / por Carlos R. Menéndez
    Tabla de Contenidos: “… del diario "La revista de Yucatán", en la memorable madrugada del 27 de mayo de 1924, p. 33-136…”
    Libro
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    Dn. Mariano de Zepeda escribano de su Magestad, y encargado en el despacho del oficio de camara mas antiguo de la Real Sala del Crimen de esta Nueva España, por ocupacion de Don Josef Mariano Villaseca, theniente del licenciado Don Josef [...] Villafañe- Por quanto los señores alcaldes de dha Real Sala dieron y proveyeron el auto que sigue- en la ciudad de Mexico a veinte y tres de noviembre de mil setecientos, setenta y seis años. Los señores alcaldes del crimen de la Audiencia Real de esta Nueba España dixeron: que por quanto se han experimentado por algunos justicias, en seguir las causas criminales con la brebedad que corresponde a su obligacion tan recomendada por las leyes, los daños, y perjuicios, que a los infelizes reos se les infieren con las largas prisiones que padesen, careciendo muchas vezes de los presisos alimentos, y al mismo tiempo haverse entendido, que a las multas que exhigen, no les dan el destino, que deve, sino el que se consienten en indevidas aplicaciones, para evitar estos desordenes y exesos, acordaron se libren despachos de cordilleras a los governadores, corregidores, alcaldes mayores, ordinarios, y demas justicias, para que todos pressisamente en la parte que les toque, remitan inmediatamente certificacion jurada de todos los reos que se hallen en las carceles, sus causas, y estado de ellas y en lo sucesivo informen anualmente... Concuerda cada letra con el superior despacho de cordillera, ya de su obedecimiento, que refiere, a que me remito y en virtud de lo mandado saque el presente en tres foxas, la primera con sello quarto y las demas papel comun, siendo testigos al corregir, y consertar Dn. Ygnacio Reyes, Dn. Juan de Estrada y Herrera, y Josef Mariano Ramirez de Prado, vezinos de esta ciudad de Santiago de Queretaro donde es fho. en nueve de disiembre de mil setesientos setenta y seis años- Lo signo- Juan Josef de Herrera- escribano real publico de entradas. Lo signo Joseph Carlos de Crasso <rúbricas>
    Dn. Mariano de Zepeda escribano de su Magestad, y encargado en el despacho del oficio de camara mas antiguo de la Real Sala del Crimen de esta Nueva España, por ocupacion de Don Josef Mariano Villaseca, theniente del licenciado Don Josef [...] Villafañe- Por quanto los señores alcaldes de dha Real Sala dieron y proveyeron el auto que sigue- en la ciudad de Mexico a veinte y tres de noviembre de mil setecientos, setenta y seis años. Los señores alcaldes del crimen de la Audiencia Real de esta Nueba España dixeron: que por quanto se han experimentado por algunos justicias, en seguir las causas criminales con la brebedad que corresponde a su obligacion tan recomendada por las leyes, los daños, y perjuicios, que a los infelizes reos se les infieren con las largas prisiones que padesen, careciendo muchas vezes de los presisos alimentos, y al mismo tiempo haverse entendido, que a las multas que exhigen, no les dan el destino, que deve, sino el que se consienten en indevidas aplicaciones, para evitar estos desordenes y exesos, acordaron se libren despachos de cordilleras a los governadores, corregidores, alcaldes mayores, ordinarios, y demas justicias, para que todos pressisamente en la parte que les toque, remitan inmediatamente certificacion jurada de todos los reos que se hallen en las carceles, sus causas, y estado de ellas y en lo sucesivo informen anualmente... Concuerda cada letra con el superior despacho de cordillera, ya de su obedecimiento, que refiere, a que me remito y en virtud de lo mandado saque el presente en tres foxas, la primera con sello quarto y las demas papel comun, siendo testigos al corregir, y consertar Dn. Ygnacio Reyes, Dn. Juan de Estrada y Herrera, y Josef Mariano Ramirez de Prado, vezinos de esta ciudad de Santiago de Queretaro donde es fho. en nueve de disiembre de mil setesientos setenta y seis años- Lo signo- Juan Josef de Herrera- escribano real publico de entradas. Lo signo Joseph Carlos de Crasso <rúbricas>
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