Por el venerable Dean y Cavildo de la Santa Iglesia de Mechoacan, como patron de los dos hospitales, intitulados de Santa Fee, el uno en distancia de dos leguas de Mexico, y el otro en el Obispado de Mechoacan cerca de que se declare, no dever pagar el Real Tributo de los naturales de ellos, en virtud de privilegio, que por su parte se alega, y por el qual nunca le han pagado, y cerca de que habiendoseles perdido, no lo deven presentar especifico, sino probarlo juntamente con las causas, que precedieron à su concession. Dado en Mexico, y febrero 4 de 1688 años.

Por el venerable Dean y Cavildo de la Santa Iglesia de Mechoacan, como patron de los dos hospitales, intitulados de Santa Fee, el uno en distancia de dos leguas de Mexico, y el otro en el Obispado de Mechoacan cerca de que se declare, no dever pagar el Real Tributo de los naturales de ellos, en virtud de privilegio, que por su parte se alega, y por el qual nunca le han pagado, y cerca de que habiendoseles perdido, no lo deven presentar especifico, sino probarlo juntamente con las causas, que precedieron à su concession. Dado en Mexico, y febrero 4 de 1688 años.

Detalles Bibliográficos
Formato: Libro
Lenguaje:Undetermined
Spanish
Publicado: s.l. : s.n., s. a.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Biblioteca Palafoxiana. Colección bibliográfica
Descripción Física:[1], 11 h. ; f°
Tema general:Derecho civil
Notas:Marca de fuego: Colegio de San Juan. Número de localización: R497-H Encuadernado con 17 impresos y 6 manuscritos