Artículo 7° de la Constitucion de Jalisco. El Estado fijará y costeará todos los gastos necesarios para la conservacion del culto

Artículo 7° de la Constitucion de Jalisco. El Estado fijará y costeará todos los gastos necesarios para la conservacion del culto

Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Jalisco
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Guadalajara : imprenta del C. Mariano Rodriguez, 1824.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Biblioteca Palafoxiana. Colección de Pliegos Sueltos
Descripción Física:8 p. ; 4°
Tema general:Derecho civil
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