Decreto por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo siguiente. Núm. 7. "El congreso séptimo del Estado libre de Oaxaca se ha servido expedir el decreto que sigue. Art. 1° De los sueldos fijos que desde la publicación de este decreto venzan los funcionarios, empleados, o dependientes de todas las clases del Estado, se descontará una octava parte en clase de préstamo con calidad de reintegro; no comprendiendo esta disposición a los diputados al congreso general, a los empleados cuya dotación no exceda de trescientos pesos, ni a los que hayan hecho donativos para la guerra que importen tanto o mas del descuento que les corresponda; pero si importaren menos se les rebajará la diferencia y esta tendrá también el carácter de préstamo... Dado en el palacio del cogreso del Estado de Oaxaca a 7 de diciembre de 1846... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno del Estado de Oaxaca a 9 de diciembre de 1846
Autor principal: | |
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Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : 1846.
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Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
Descripción Física: | [1] h. pleg. ; 20 cm. |
Tema general: | Derecho civil |
Notas: | Texto a renglón seguido |