Decreto emanado por el C. Marcos Pérez ministro más antiguo de la Escma. corte de justicia, encargado del supremo poder ejecutivo del Estado por ministerio de la ley, a los habitantes del mismo hago saber: que el H. consejo de gobierno en la mañana de este día ha dirigido al secretario del despacho la comunicación siguiente. Secretaría del consejo de gobierno del Estado de Oaxaca.- Hoy ha aprobado el consejo de gobierno por unanimidad de votos, la proposición siguiente. "Honorable consejo.- Reunida V. H. por el jefe de las fuerzas que reconocen y sostienen a las autoridades legítimas que fueron derrocadas por el movimiento revolucionario que tuvo lugar en esta ciudad el día 15 de febrero último, nada parece más necesario que dar cumplimiento a los artículos que contiene el plan de la restauración, sostenido por los cuerpos de guardias nacionales del Estado y por el pueblo de esta capital; y como el art. 2° de dicho plan exige la reunión del soberano congreso para los efectos que allí se expresan... "Dios y libertad. Oaxaca, octubre 23 de 1847, a las once y media de la noche... Y estando conforme con el presente dictamen, a fin de que puedan llevarse al cabo los artículos que en él se comprenden mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio de gobierno de Oaxaca, a 24 de octubre de 1847

Decreto emanado por el C. Marcos Pérez ministro más antiguo de la Escma. corte de justicia, encargado del supremo poder ejecutivo del Estado por ministerio de la ley, a los habitantes del mismo hago saber: que el H. consejo de gobierno en la mañana de este día ha dirigido al secretario del despacho la comunicación siguiente. Secretaría del consejo de gobierno del Estado de Oaxaca.- Hoy ha aprobado el consejo de gobierno por unanimidad de votos, la proposición siguiente. "Honorable consejo.- Reunida V. H. por el jefe de las fuerzas que reconocen y sostienen a las autoridades legítimas que fueron derrocadas por el movimiento revolucionario que tuvo lugar en esta ciudad el día 15 de febrero último, nada parece más necesario que dar cumplimiento a los artículos que contiene el plan de la restauración, sostenido por los cuerpos de guardias nacionales del Estado y por el pueblo de esta capital; y como el art. 2° de dicho plan exige la reunión del soberano congreso para los efectos que allí se expresan... "Dios y libertad. Oaxaca, octubre 23 de 1847, a las once y media de la noche... Y estando conforme con el presente dictamen, a fin de que puedan llevarse al cabo los artículos que en él se comprenden mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio de gobierno de Oaxaca, a 24 de octubre de 1847

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Pérez, Marcos
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Oaxaca : 1847.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García
Descripción Física:[1] h. pleg. ; 20 cm.
Tema general:Derecho civil
Notas:Texto a renglón seguido