Describir: Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el Soberano Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 2. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Son fiscales de imprenta de esta capital los ciudadanos licenciados Ignacio Mariscal y Juan Ignacio Fagoaga. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique y circule. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 2 de julio de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique y circule. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 8 de 1850