Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el Soberano Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 2. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Son fiscales de imprenta de esta capital los ciudadanos licenciados Ignacio Mariscal y Juan Ignacio Fagoaga. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique y circule. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 2 de julio de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique y circule. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 8 de 1850
Autor principal: | Juárez, Benito, 1806-1872 |
---|---|
Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : 1850.
|
Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
Descripción Física: | [1] h. ; 20 cm. |
Tema general: | Derecho civil |
Notas: | Texto a renglón seguido |
Ejemplares similares
-
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 1. El congreso noveno contitucional del Estado libre de Oaxaca declara abiertas sus primeras sesiones ordinarias hoy día 2 de julio de 1850. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique y circule. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 2 de julio de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique y circule. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 3 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el Soberano Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 3. El congreso noveno constitucional del Estado libre de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Para la promulgación de las leyes se usará de la fórmula siguiente. "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. [Aquí el testo [sic] Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento." Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se publique, imprima, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca, a 11 de julio de 1850... Por tanto, mando se publique, imprima, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, julio 13 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 57. El congreso noveno constitucional del Estado libre de Oaxaca cierra sus pirmeras sesiones ordinarias hoy día 2 de octubre de 1850. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 2 de octubre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca a 3 de octubre de1850... Dios y libertad. Oaxaca, octubre 3 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 53. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° El gobernador del Centro cobrará la capacitación en la capital... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 1° de octubre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca a 2 de octubre de1850... Dios y libertad. Oaxaca, octubre 2 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 42. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Se conocerá en juicio verbal: Primero. Del delito de heridas graves por accidente... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 23 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 24 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 24 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872