Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 40 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que siguiente. Artículo único. Se concede al joven Francisco Acevedo y González el derecho de cobrar del tesoro del Estado una pensión vitalicia de 12 pesos 4 reales, en premio de los servicios que prestó a la causa de la federación su finado padre C. Miguel Acevedo. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 19 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario

Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 40 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que siguiente. Artículo único. Se concede al joven Francisco Acevedo y González el derecho de cobrar del tesoro del Estado una pensión vitalicia de 12 pesos 4 reales, en premio de los servicios que prestó a la causa de la federación su finado padre C. Miguel Acevedo. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 19 de 1849. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Juárez, Benito, 1806-1872
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Oaxaca : s.n., 1849.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección histórica
Descripción Física:1 h. ; 20.5 cm.
Tema general:Economía
Notas:Texto a renglón seguido